Regulación de la concesión de ayudas a personas con discapacidad igual o superior al 33% en relación a la adquisición y el mantenimiento de apoyos a la accesibilidad universal, así mismo, también se regula la concesión al alumnado de educación primaria con necesidades educativas especiales sin certificado de discapacidad con un informe previo justificativo elaborado por el gabinete psicopedagógico municipal o SPEE del centro educativo o CAT.
Podrán solicitar las ayudas convocadas los beneficiarios/as de las ayudas que dispongan de capacidad de obrar suficiente, los padres, madres o tutores/as legales respecto de aquellos beneficiarios/as que cumplan las siguientes condiciones:
Servicios Sociales Ayuntamiento de Albal.
Calle Santa Ana, 30.
46470 Albal (València)
Telf.: 96 122 05 04
En caso de actuar en como representante, se deberá rellenar y adjuntar a la instancia el documento de autorización de representación.