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GEN001 - Reclamación de responsabilidad patrimonial

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GEN001 - Reclamación de responsabilidad patrimonial

Descripción

El reconocimiento de la responsabilidad del Ayuntamiento en un siniestro sufrido por un ciudadano que conlleva la indemnización por cualquier lesión que los particulares sufran en sus bienes y/o derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos municipales, siempre que se den los requisitos exigidos por la legislación aplicable al respecto.

 

¿Quién puede solicitarlo?

La persona física o jurídica, bien directamente, bien a través de representante, que considere que sus bienes y/o derechos han resultado lesionados.

 

¿Cuándo solicitarlo?

Con carácter general, la reclamación ha de instarse en el plazo de 1 año desde la producción del hecho o el acto que motive la indemnización.
En el caso de daños de carácter físico o psíquico, el derecho a reclamar prescribe al año de la curación o la determinación del alcance de las secuelas.
En los casos en que proceda reconocer derecho a indemnización por anulación en vía administrativa o contencioso-administrativa de un acto o disposición de carácter general, el derecho a reclamar prescribirá al año de haberse notificado la resolución administrativa o la sentencia definitiva.

 

¿Dónde presentarlo?

Personas físicas:

  • En la Sede Electrónica del ayuntamiento de Albal.
  • De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Albal, situado en la Oficina de Atención del Ciudadano (Plaza del Jardí, 7).
  • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, conforme al artículo 14.2 de la antes citada Ley.

 

Documentación a presentar

  • Modelo específico de solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial

 

Plazo de resolución

6 meses.

 

Silencio administrativo

Desestimatorio.

 

Recurso contra las resoluciones

  • Recurso potestativo de reposición. Plazo de interposición: 1 mes.
  • Recurso Contencioso-Administrativo. Plazo de interposición: 2 meses.

 

Fuentes jurídicas

 

Representación

En caso de actuar en como representante, se deberá rellenar y adjuntar a la instancia el documento de autorización de representación.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE ALBAL - P4600700A
 Plaça del Jardí 7
46470 Albal (Valencia)
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